Administración desleal: El robo de la cartera de clientes familiar

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David Macias Gonzalez

Un hombre enseñando a otra persona documentación

La Sentencia del Tribunal Supremo 937/2023 se pronuncia sobre el delito de administración desleal en un caso en el que uno de los hijos se llevó la cartera de clientes de la correduría de seguros familiar haciendo creer a los clientes que su nueva empresa era la sucesora de la correduría familiar por fallecimiento del padre.

Antecedentes del caso. Condena únicamente a la responsabilidad civil por el delito de administración desleal.

El Tribunal Supremo estudia un recurso de casación interpuesto contra la Sentencia de la Audiencia Provincial que absolvió al acusado del delito de administración desleal al aplicar la excusa absolutoria de parentesco pero le condenó a pagar la responsabilidad civil derivada del delito de administración desleal.

En el caso que nos ocupa, la sentencia de la Audiencia Provincial entiende que está acreditado que el acusado cometió un delito de administración desleal al apoderarse de toda la documentación de los clientes de la correduría de seguros familiar y abrir una nueva correduría con esos mismos clientes diciéndoles que era la empresa sucesora de la anterior.

La sentencia aplica la exclusa absolutoria de parentesco prevista en el artículo 268 del Código Penal que establece que están exentos de responsabilidad criminal y sujetos solo a la responsabilidad civil, entre otros, los padres, hijos y hermanos en los delitos de carácter patrimonial.

Sin embargo condena al acusado al pago de la responsabilidad civil derivada del delito de administración desleal que ha cometido, al entender que está acreditado el perjuicio que causó a sus familiares al dejar sin clientes a la que era la correduría familiar.

Decisión del Tribunal: Desestimación y confirmación de condena por administración desleal

“Lo anterior nos lleva a una conclusión evidente, la responsabilidad civil declarada en la sentencia penal respecto a quien ha sido absuelto por la concurrencia de una causa de exclusión de la responsabilidad o de la penalidad, no pierde su naturaleza de consecuencia jurídica de naturaleza civil y no participa, por entero, de las exigencias de un pronunciamiento penal de condena en lo atinente a los principios que rigen en la jurisdicción penal”
STS 937/2023

El recurrente en casación plantea que no puede imponerse la condena por responsabilidad civil al no haber prueba suficiente de la comisión del delito y alega, además, que ha sido absuelto por lo que no se le puede imponer la responsabilidad civil derivada del delito.

Ante esas alegaciones el Tribunal Supremo es tajante: Hay prueba suficiente de la comisión del delito de administración desleal y la absolución basada en excusa de parentesco solo exime de la responsabilidad penal pero no de la civil.

Es decir, el Tribunal es muy claro al indicar que el artículo 268 del Código Penal prevé expresamente que estando probado el delito patrimonial debe imponerse la responsabilidad civil aunque no se pueda imponer una pena de prisión pues la reparación del daño es consecuencia natural cuando se declara probado el hecho delictivo.

El Tribunal considera que la actividad probatoria es “abrumadora” y permite declarar correctamente enervada los derechos fundamentales a la presunción de inocencia y la tutela judicial efectiva sin olvidar que su ámbito de actuación es la responsabilidad civil.

Y más concretamente señala el Tribunal que el acusado asumió la gerencia de la sociedad con la cartera de clientes que pertenecía a esa sociedad y que desvió hacia una nueva sociedad en la que él era el único accionista, realizando en perjuicio de la sociedad familiar y, consecuentemente, de los socios, su madre y sus hermanos, para incorporarlo a la empresa que el regía y de la que era el único accionista.

En definitiva la sentencia del Tribunal Supremo confirma la dictada por la Audiencia Provincial y la condena a la responsabilidad civil derivada del delito de administración desleal por lo que los condenados deberán indemnizar a su familia por los daños económicos que sufrieron al perder a los clientes.

¡Gracias y hasta el próximo #martesdepenal!


Sobre el autor

Mi nombre es David Macías y como abogado penalista especializado en asesorar a empresas y particulares, puedo ayudarte en la acusación o defensa en diferentes delitos. Llámame desde el primer momento para que podamos definir juntos la mejor estrategia. #Abogado Penalista