¿Preguntas denegadas en el Tribunal del Jurado? Descubre cómo recurrirlas en Casación
David Macias Gonzalez—
La Sentencia del Tribunal Supremo 776/2023 establece claramente los requisitos que deben cumplirse para poder interponer recurso de casación frente a sentencias del Tribunal del Jurado por denegación de preguntas en el acto del juicio.
Antecedentes del caso: Preguntas denegadas en juicio con Tribunal del Jurado.
El caso analizado estudia cuáles son los requisitos que deben cumplirse para que pueda acceder a la casación un recurso contra la denegación de determinadas preguntas, declaradas impertinentes, en el acto del juicio con Jurado.
Se declaró probado que el condenado pagó la cantidad de 2.300€ al Concejal del Ayuntamiento y miembro de la mesa de contratación con el fin de que le adjudicaran a él la concesión de hamacas de la playa.
El recurrente considera que durante el acto del juicio se le causó indefensión porque se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva al denegarle el Presidente de Sala preguntas que formuló en el acto del juicio por considerarlas impertinentes.
Entiende el recurrente que esas preguntas no debieron ser denegadas y debieron admitirse para poder sostener la versión exculpatoria de su cliente.
Resolución del Tribunal Supremo: Las preguntas fueron debidamente denegadas por el Presidente del Tribunal del Jurado.
“Lo relevante es que la pregunta tenga verdadera importancia para el juicio, y que la denegación aparezca protestada para replantear la pertinencia de la pregunta y la relevancia para el resultado del juicio”
STS 776/2023
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación al considerar que las preguntas fueron debidamente denegadas y que, además, el recurrente no formuló la oportuna protesta en juicio ni ha planteado adecuadamente el recurso de casación.
El artículo 850 de la LECrim permite recurrir en casación sentencias revisadas por el Tribunal Superior de Justicia cuando se hayan denegado preguntas que guardaran relación con el interrogatorio que se está practicando.
Sus requisitos, básicamente, consisten en el análisis de su pertinencia, y su necesidad, y que se formule protesta en el juicio para tratar de replantear la procedencia y la pertinencia de la prueba.
El Tribunal Supremo ha destacado como requisitos para la prosperabilidad del recurso que:
- Que cualquiera de las partes haya dirigido la pregunta a un testigo,
- Que el presidente haya denegado alguna pregunta.
- Que la pregunta sea pertinente por tener relación con el hecho o extremo controvertido
- Que la pregunta tenga manifiesta influencia en la causa.
- Que se transcriba literamente la pregunta en el acta del juicio
- Que se haya formulado la oportuna protesta.
Lo relevante es que la pregunta tenga verdadera importancia para el juicio, y que la denegación aparezca protestada para replantear la pertinencia de la pregunta y la relevancia para el resultado del juicio.
En el caso la desestimación es procedente toda vez que en la impugnación, ni se expresa la pregunta denegada, ni de razón de la denegación, ni se expresa si hubo protesta, ni se argumenta nada sobre la relevancia en la causa, además de no haber sido planteada en apelación para comprobar la realización del juicio en condiciones de legalidad y observancia de las reglas del proceso legal.
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Sobre el autor
Mi nombre es David Macías y como abogado penalista especializado en asesorar a empresas y particulares, puedo ayudarte en la acusación o defensa en diferentes delitos. Llámame desde el primer momento para que podamos definir juntos la mejor estrategia. #Abogado Penalista